21 dic 2010

Senado aprueba Ley Orgánica Tribunal Constitucional




Martes 21 diciembre 2010


Santo Domingo.-El Senado de la República aprobó este lunes en dos lecturas seguidas el proyecto de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.

Los senadores también sancionaron en única lectura de la ley de Presupuesto Suplementario del 2010 y en primera lectura el proyecto de Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas de Responsabilidad Limitada.

El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, dijo que con la aprobación de la iniciativa se da un paso de avance institucional en la República Dominicana..

El proyecto fue aprobado, luego de las motivaciones del presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Julio César Valentín, quien define la ley como un instrumento para el fortalecimiento del estado de derecho.

Según el artículo primero, el Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad, y es autónomo de los poderes públicos y de más órganos del Estado.

Igualmente, en el artículo 9 establece que el Tribunal Constitucional es competente para conocer de los casos previstos por el artículo 185 de la Constitución y de los que esta ley le atribuye; así como de las cuestiones incidentales que surjan ante él y dirimirá las dificultades relativas a la ejecución de las decisiones.

El Tribunal Constitucional estará integrado por 13 jueces, los cuales serán designados por el Consejo Nacional de la Magistratura. Este consejo también deberá elegir de entre los ellos al juez presidente; así como al primer y segundo sustituto del presidente.

De acuerdo al artículo 13 de la ley orgánica, para ser juez del Tribunal Constitucional se requieren los mismos requisitos que para ser juez de la Suprema Corte de Justicia y su dedicación al cargo es exclusiva, por lo que le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia.

Asimismo, establece que los jueces del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años, y además, que no podrán ser reelegidos, salvo quienes en calidad de reemplazantes hayan ocupado el cargo por un período menor de cinco años.

También el nombramiento diplomático del señor Marino Beriguete, como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana ante la República de Paraguay.

Igualmente, el nombramiento diplomático del señor Héctor Galván Suzaña, como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana ante la República de Colombia.

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