10 jun 2009

Asamblea aprueba la no reelección presidencial Consecutiva




Santo Domingo.- La Asamblea Nacional Revisora dejó anoche cerrada la reelección presidencial al modificar el comentado artículo 104 de la propuesta de reforma enviada por el Poder Ejecutivo y acoger lo pactado por Leonel Fernández y el presidente electo del Partido Revolucionario Dominicano, Miguel Vargas Maldonado.
Un total de 157 votaron a favor de que los presidentes dominicanos duren cuatro años y que tengan que esperar cuatro años para poder aspirar nuevamente. Trece lo hicieron en contra.
Otros 27 artículos fueron aprobados en la acelerada sesión de este martes, que no fue transmitida en vivo por la televisión y donde casi no afloraron las diferencias políticas.
Ahora el artículo 104 dice: El Poder Ejecutivo se ejerce por el presidente de la República quien será electo cada cuatro años por voto directo, no pudiendo ser electo para el periodo constitucional siguiente.
La propuesta del presidente Leonel Fernández establecía que un presidente dominicano podría optar por un segundo período consecutivo, así como luego del intervalo de un mandato presidencial diferente.
Los 55 asambleistas del Partido Revolucionario Dominicano votaron a favor de esta propuesta.
Los del Partido de la Liberación Dominicana 92 votaron sí y siete no, mientras que del Partido Reformista 10 lo apoyaron y tres lo rechazaron.
Los dos asambleístas de la Fuerza Nacional Progresista dijeron que no, al igual que el representante de la Unión Demócrata Cristiana.
A pesar de que 22 asambleistas se inscribieron para tomar un turno cuando se debatía el artículo 104, el presidente de la Asamblea sólo le concedió el turno a los voceros de los partidos, alegando que todo estaba consensuado y por mayoría de votación se cerraron los debates.
El vocero PRSC, Ramón Rogelio Genao, al manifestar su oposición a la propuesta vaticinó que la Constitución volverá al “quirófano” en breve tiempo por la misma razón que hoy se modifica: permitir la reeleción.
Dijo que los reformistas son reelecionistas por principios y que debe ser el pueblo el que determine quién y por cuánto tiempo lo gobierne.
Mecanismo Ruddy González, vocero del PRD, alegó que la reeleción presidencial es dañina y por eso la consulta popular así lo estableció. Apuntó que con su posición, su partido acoge una propuesta de la población.
Mientras que Pelegrín Castillo, de la FNP, consideró que lo que más le convenía al sistema democrático es que la constitución se quedará como está en este aspecto. Sostuvo que una modificación de esa naturaleza debió hacerse a través de un referéndum, ya que este es el mecanismo puesto en práctica en muchos países.
Domingo Páez, del PLD, dijo que fue una decisión inteligente de las dos principales fuerzas hacer el pacto para tener una mejor constitución.
También sancionaron el impedimento para que los militares retirados no puedan aspirar sino hasta tres años después de haber dejado las filas de sus instituciones.
Otro establece la iniciativa legislativa popular mediante la cual un número de ciudadanos no menor del dos por ciento de los inscritos en el registro de electores, podrá presentar proyectos de ley ante el Congreso Nacional. Una ley especial establecerá el procedimiento y las restricciones para ejercer esta iniciativa.
Los Asambleistas que votaron en contra fueron Dionis Sánchez, Orfelina Arias, Tulio Jiménez, Kenia Mejía, Rudy Méndez, Radamés Vásquez Heinz Vieluz, Víctor ( Ito) Bisonó, Roberto Féliz, César Gómez, Pelegrín Castillo, José Ricardo Taveras y Juan de León. Los primeros siete son del PLD, les siguen tres PRSC, dos FNP y uno UDC.
Los asambleístas enviaron a la comisión que estudia el tema del Poder Legislativo, ocho artículos que se refieren a la Asamblea Nacional Revisora, de la necesidad de la reforma constitucional y de someterla a referéndum una vez votada por la Asamblea.
Esta comisión la preside la diputada del PLD, Isabel Bonilla. También leyeron el informe sobre los articulos 44, 45 y 46 que se refiere a la familia, los cuales serán conocido hoy.
Aprobaron entre otros: Artículo 83. El que ejerza ese derecho podrá sostener su moción en la otra Cámara, si es el caso del numeral 1 del artículo 81, y en ambas Cámaras mediante representante, si se trata de uno cualquiera de los demás casos. Artículo 84.
Todo proyecto de ley admitido en una de las Cámaras se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de tres días por lo menos entre una y otra discusión. En caso de que fuere declarado previamente de urgencia deberá ser discutido en una sesión consecutiva.
Artículo 85. Aprobado un proyecto de ley en cualquiera de las Cámaras, pasará a la otra para su oportuna discusión, observándose en ella las mismas formas constitucionales. Si esta Cámara le hiciere modificaciones, devolverá dicho proyecto con observaciones a la Cámara en que se inició, y, en caso de ser aceptadas, enviará la ley al Poder Ejecutivo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario