24 jul 2009

Asamblea fija en cinco los miembros de la CC


24 de julio del 2009

Santo Domingo.- La Asamblea Revisora de la Constitución aprobó ayer fijar en cinco los miembros de la Cámara de Cuentas, que serán elegidos por el Senado de la República de las ternas que presente la Cámara de Diputados, disposicion que entrará en vigencia a partir del 16 de agosto de 2010.
Con esta sanción, los asambleístas desecharon la propuesta del Poder Ejecutivo que sugería no mas de nueve para integrar el organismo auditor de las cuentas públicas.
El artículo 232 expresa que "la Cámara de Cuentas es el órgano superior de control fiscal externo de los recursos públicos y del patrimonio del Estado y tendrá un carácter técnico. Goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, con personalidad jurídica. Estará compuesta de cinco miembros, elegidos por el Senado de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, por un período coincidente con el legislativo".
La Asamblea también acogió que el Congreso podrá modificar, con la mayoría absoluta de los miembros presentes en cada cámara, el presupuesto general del Estado, cuando sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el ordinal 15 del artículo 108.
Este ordinal expresa que el Presidente de la República deberá "someter al Congreso Nacional, a más tardar el primero de octubre de cada año, el Proyecto de Presupuesto General del Estado para el ejercicio siguiente".
Igualmente se sancionó que "cuando el Congreso no haya aprobado el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el 31 de diciembre, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, con los ajustes previstos en la ley general de Presupuesto, hasta tanto el Congreso apruebe el del año fiscal correspondiente".
Además, se legisló para que "el Congreso pueda incluir nuevas partidas y modificar las que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos, o en la Ley de Presupuesto General del Estado sometido por el Poder Ejecutivo, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en cada cámara"Régimen monetario.
La Asamblea rechazó cambiar el nombre del peso dominicano por el de Duarte, a solicitud del asambleísta Carlos Peña.
Se acogió que "el régimen económico se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades".
También que "la iniciativa privada es libre" y que "el Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa"
La Asamblea acogió que "toda modificación en el régimen legal de la moneda o de la banca establecida en la Ley Monetaria y Financiera, requerirá el apoyo de las dos tercera partes de la totalidad de los miembros de una y otra Cámara, a menos que haya sido iniciada por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Junta Monetaria".
El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos, elaborará y someterá al Congreso Nacional una Estrategia de Desarrollo, que definirá la visión del país para un plazo de diez años, la cual servirá de guía para la elaboración del Plan Nacional Plurianual del Sector Público y los planes estratégicos regionales, sectoriales e institucionales. El proceso de Planificación e Inversión Pública se regirá por la Ley correspondiente.

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